Solicite previamente ante la Sección de Personal Académico al correo electrónico peracademi_med@unal.edu.co, el certificado de cumplimiento de requisitos administrativos para su verificación.
Radique la solicitud de promoción a través de la dirección de la UAB, desde donde se verificará el cumplimiento de requisitos para remitir la solicitud al Consejo de la Facultad. Su solicitud deberá especificar a cuál de las modalidades contempladas en el Estatuto de Personal Académico usted se acogerá, dependiendo el tipo de promoción (artículos 19 al 21 del Acuerdo 123 de 2013 del CSU), esto es:
DE PROFESOR AUXILIAR A PROFESOR ASISTENTE
Los requisitos para esta promoción son:
a. Haber estado vinculado a la Universidad Nacional de Colombia como mínimo durante dos (2) años en dedicación exclusiva o tiempo completo, o el doble en otra dedicación.
b. Evaluación integral satisfactoria de su desempeño académico en la categoría de Profesor Auxiliar.
c. Acreditar título de postgrado obtenido después de su vinculación o acreditar producción académica reconocida por la Universidad de acuerdo con la reglamentación establecida por el Consejo Académico, y generada después de su vinculación. (6 puntos)
DE PROFESOR ASISTENTE A PROFESOR ASOCIADO
Los requisitos para esta promoción son:
a. Haber sido Profesor Asistente de la Universidad Nacional de Colombia como mínimo durante cuatro (4) años en cualquier dedicación.
b. Evaluación integral satisfactoria de su desempeño académico en la categoría de Profesor Asistente.
c. Cumplir al menos uno de los siguientes requisitos (especifique en la solicitud cuál será el de su elección):
1. Acreditar título de Doctorado obtenido después de su vinculación y no utilizado para la promoción a profesor asistente.
2. Presentar un trabajo que represente un aporte significativo a la docencia, a la ciencia, al arte, a las humanidades o a la técnica, con evaluación favorable de al menos dos de los tres pares académicos designados por el Consejo de Facultad o su equivalente.
3. Acreditar producción académica reconocida por la Universidad, de acuerdo con la reglamentación que establezca el Consejo Académico, generada después de su vinculación y no utilizada en promociones anteriores. (18 puntos)
DE PROFESOR ASOCIADO A PROFESOR TITULAR
Los requisitos para esta promoción son:
a. Haber sido Profesor Asociado de la Universidad Nacional de Colombia como mínimo durante cinco (5) años en cualquier dedicación.
b. Evaluación integral satisfactoria de su desempeño académico en la categoría de Profesor Asociado realizada por el Consejo de Facultad o su equivalente.
c. Cumplir al menos uno de los siguientes numerales (especifique en la solicitud cuál será el de su elección):
I. Satisfacer todos los siguientes requisitos académicos:
II. Presentar un trabajo individual, inédito, preparado especialmente para la promoción, que represente un aporte significativo a la docencia, a la ciencia, al arte, a las humanidades o a la técnica, evaluado favorablemente por al menos dos de los tres evaluadores considerados pares académicos del aspirante, designados por el Consejo Superior Universitario. Como mínimo uno de los evaluadores debe ser externo a la Universidad Nacional de Colombia. El nombre de los evaluadores designados deberá mantenerse en reserva, pero los conceptos serán dados a conocer al profesor evaluado.
III. Haber dirigido Tesis de Doctorado en la Universidad Nacional de Colombia debidamente sustentada. Este requisito estará sujeto a la existencia en la Universidad de programas de doctorado en el área. En caso contrario, haber dirigido Tesis de Maestría o Trabajos de Especialidad en el Área de la Salud.
IV. Acreditar producción académica reconocida por la Universidad, de acuerdo con la reglamentación que establezca el Consejo Académico, generada en el periodo de vinculación como Profesor Asociado. (35 puntos)
V. Presentar una Conferencia Magistral Pública, con asistencia de dos pares académicos designados por el Consejo de Facultad o su equivalente, quienes presentarán un informe que será insumo para la Evaluación Especial para la promoción.
VI. Evaluación especial satisfactoria.
La promoción a Profesor Asistente y la promoción a Profesor Asociado, será otorgada por el Consejo de Facultad. La promoción a Profesor Titular será otorgada por el Consejo Superior Universitario.
¡RECUERDA! De conformidad con el artículo 18 numeral 2 del Acuerdo 123 de 2013 del CSU, la evaluación integral (requisito para la promoción con resultado satisfactorio satisfactoria de su desempeño académico en la categoría actual), considerará la calidad del trabajo universitario del profesor a través de su compromiso institucional con la docencia, la investigación, la extensión y la administración académica, y sus insumos serán:
- La producción académica.
- Las evaluaciones anuales correspondientes al último período de nombramiento.
- La autoevaluación preparada y presentada a la comisión por parte del profesor, en concordancia con su formación, categoría y dedicación.
Por lo anterior, se recomienda presentar con la solicitud de promoción la respectiva autoevaluación, a efectos de que el trámite sea expedito, y pueda así el director de UAB remitir de manera completa los insumos requeridos por el Consejo de la Facultad para adelantar el proceso.